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miércoles, octubre 29, 2014

Análisis de publicidad

Cuña publicitaria de la casa rural El Corralico


Se trata de una cuña publicitaria de 23 segundos destinada a promocionar una estancia de terror en la casa rural El Corralico. Por ello, hace uso de recursos típicos de las historias de terror: efectos sonoros de aullidos, crujidos, jadeos…

Cumple la estructura habitual que recogen autores como Emma Rodero: llamada, presentación, argumentación e implicación. La cuña empieza con un largo aullido que pasa poco a poco a segundo plano cuando empieza la locución. La voz que se utiliza, como es habitual para narrar historias de terror, es la de un hombre. Empieza apelando al oyente de forma directa (implicación): “¿Quieres hacer pasar a tus amigos una noche de terror…?” y recurre a frases hechas relacionadas con el terror: “y verás cómo se lo pasan de miedo”. El nombre de la marca que trata de vender no aparece hasta el final y únicamente da la dirección de la página web.

En cuanto a la música, empieza al terminar el aullido y sobre ella se escuchan un gran número de sonidos solapados (crujidos, golpes, una puerta crujiendo), mientras la voz continúa en primer plano haciendo promoción de la casa rural. La música desaparece con un fade out y se escuchan cada vez más cerca, con el silencio como fondo, unos jadeos de un hombre muy sofocado (se sobreentiende que por correr tratando de huir de algo). Así termina la cuña.


Cuña publicitaria Autoescuela Centro


Es una cuña publicitaria de carácter local de 30 segundos de duración promocionando una autoescuela. Al igual que la anterior, su estructura es la de una cuña clásica, sin tomar riesgos. Como está relacionada con el mundo de los coches, empieza con música rápida y en el fondo, acompañando la locución, se escucha el sonido de un coche pasando a gran velocidad que coincide con la voz del locutor diciendo la palabra “rapidez”. Cuando menciona “seguridad”, el sonido de fondo es un cinturón abrochándose. La música del inicio no se mantiene durante toda la cuña, sino que hay un cambio en torno a los siete segundos, cuando la locución dice “sistema exclsivo de enseñanza”. Hay un cambio brusco y en el fondo pasan a oírse ruidos relacionados con la electrónica.

Es, de nuevo, una voz de hombre. Al contrario que la anterior, empieza directamente con el nombre del servicio que promocionan, para pasar inmediatamente a una enumeración de sus virtudes –rapidez, eficacia, seguridad-. Repite hasta tres veces el nombre de la autoescuela e indica la calle y ciudad: “visítanos en…”.

Promocional de la 2ª temporada de El Gato en el tejado del rock

 







Esta publicidad de Radio Mairena se realiza para promocionar un programa que llevaba meses sin emitirse, es decir, busca reenganchar a sus anteriores oyentes y ganar nuevos.

Empieza con una locución de estilo más literario que juega con el nombre del programa: “Se busca gato gris de pelo corto, ojos amarillos y rabo largo al que solía vérsele saltando de un lado a otro escuchando mucho, mucho rock”. Al locutor le responde un corte de la voz de Piolín con su famosa frase: “Creo que he visto un lindo gatito”. Tras esto, la pieza se basa tan solo en la voz del presentador y la música rock de fondo, que va a aumentar de volumen al terminar locución y se va a mantener un par de segundos.

Como el programa lleva tiempos sin emitirse y no todo el que esté escuchando la radio en ese momento lo conoce, se explica que el programa vuelve en una segunda temporada y menciona en qué se basa: “cargado de buena música, entrevistas, anécdotas…”. Después, recuerda su horario, la emisora, las redes sociales y la fecha de su regreso. Finalmente, apela al público: no faltéis.

Análisis cuñas publicitarias- Sara Díaz






Lo más importante del mensaje publicitario, independientemente de su origen es la consecución del objetivo que persigue. Si los géneros informativos nos narraban una historia real, y los géneros de ficción nos la representaban o dramatizaban, la publicidad buscará captar nuestra atención con el finde vendernos un producto o servicio, por tanto, utilizará estrategias de persuasión para incitarnos al consumo. Lo relevante de un anuncio es que el público potencial recuerde el nombre del producto en primer lugar (esto se consigue mediante la repetición de la marca, un claim original, un jingle efectivo...);  le apetezca adquirirlo, en segundo lugar; y vaya a comprarlo e interactue con él, por último. Las estrategias emprendidas por las marcas son muchas y variadas. Van desde potenciar sus beneficios realzando su utilidad, precio, calidad, diseño o estatus social, pasando por alabar sus virtudes en comparación con productos similares o sustitutivos hasta crear conciencia respecto a un problema y mostrar el producto o el servicio como la solución.


Una de las prácticas semanales que nos mandaron hacer en la Universidad de Ulster (Belfast) durante mi año de Erasmus en la asignatura Writing in communication fue un comentario sobre dos anuncios publicitarios. Ahora que tengo ocasión de recuperarlo, me gustaría incluirlo en este análisis y comparar estos anuncios con el mismo tipo cuñas que podemos encontrarnos en nuestra radio. 

El primer clip de soundcloud se corresponde con el anuncio del parque de atracciones Pleasure Island, a partir del 1'13. El segundo es el anuncio íntegro del Mini Cooper. A continuación, el comentario a fecha de diciembre de 2013.

"Both Mini Cooper car and the Pleasure Island theme park radio advertisements were released this year. In fact, it is quite probable that they remain on radio broadcasts.
 I strongly believe that these two ads provide great examples to analyse the strategies discussed during the last lecture. Although I consider the Mini Cooper advert more original than the Pleasure Island one, the first seems to me more effective and, probably, the best approach to announce a theme park. Sounds effects and positive connotations have been included to make it more attractive. In addition, the listener is able to recognise the context very soon and remember the name of what is being advertised due to the repetition of Pleasure Island three times in 15 seconds. One of its main strengths is putting the audience in the place of the consumer, whose profile is clearly the family. The message gets across in a simple and effective way. I do not know if it is persuasive enough to get action but, at least, the potential consumer hears about the product (gets awareness of it) and hopefully, will take into account when thinking in going to a theme park with the family.

Judging by the language, in the case of Mini Cooper the target is more restricted. While Pleasure Island looks for colloquial terms like dokes (conversations), Mini Cooper, in contrast, uses technical language such as mpg, which refers to the car fuel efficiency or go-kart, which alludes to car’s speed and driving style. The ideal consumer may be someone uppity, who like cars, technology and design overall, and is eventually willing to spend a lot of money to achieve one desirable and expensive Mini Cooper.  With the goal of conveying the public and talking about the car’s features, the advert reproduces a familiar context thought the expert narrator who tries to hypnotise the audience. The pretending conviction as a result of telepathically powers aspires to become real and reliable to engage potential consumers. Nevertheless, from my point of view, this strategy could be more effective without including those parts which are supposed to be funny."



Análisis publicidad en radio

CUÑA PUBLICITARIA ONDA CERO: RENAULT MEGANE


En esta cuña se promociona el nuevo Renault Megane. En ella participan dos voces, un narrador y un actor. El narrador es el que funciona como hilo conductor de la cuña y, por tanto, es el que lleva el peso de la misma. Por ello, se encarga de promocionar el producto en sí mismo y de persuadir a los oyentes para que adquieran ese producto, de hecho, es el que va relacionando el sueño del chico con el coche. El actor es un chico que va relatando su sueño y dando pie a que el narrador promocione el coche en relación a él. Tiene una duración de 30 segundos, propia de las cuñas publicitarias.

En este anuncio se recurre al tono humorístico para vender el coche, un recurso muy apropiado para radio dado que el sonido es el único medio que se puede utilizar para captar al público. Sin embargo, es un anuncio que confía solo en las voces empleadas y en lo que estas cuentan ya que no recurre a ningún efecto sonoro que pueda dar cierta plasticidad de la imagen al oyente. Solo al final se recurre a un efecto de sonido cuando se dice el eslogan de la marca.

Ese tono humorístico se puede apreciar desde el inicio del anuncio ya que este comienza diciendo “Renault presenta auto-ayuda”, haciendo un juego de palabras entre el coche y la ayuda que le va a prestar el narrador al chico resolviendo lo que significa su sueño, relacionando todos los elementos del mismo con el coche. A través de esta relación, se aprovecha para decir las características del coche con el fin de dárselas a conocer a los oyentes.

                                              CUÑA PROMOCIONAL 40 PRINCIPALES



En esta cuña promocional perteneciente a los 40 Principales, se promociona un programa de la emisora denominado Quiero Sonar donde se entrevistará a Rudy y Ruyman, dos cómicos famosos por sus diversas parodias a distintas personalidades del mundo del espectáculo. En todo momento está presente la música, que capta la atención del oyente, y a mitad de la cuña un locutor explica el porqué de esa música, que es que estas dos personas van a ir al programa el sábado. Además, el locutor aprovecha, no solo para hacer promoción del programa, sino también para ensalzar a la cadena ya que dice que van los números uno de las redes sociales a la radio número uno.

Al final, se introduce un fragmento de una entrevista a estas personas para que los oyentes se queden con más ganas de escuchar la entrevista que se retransmitirá ese mismo sábado en la cadena. Y así finaliza la cuña, recordando a los oyentes que en Quiero Sonar el sábado estarán Rudy y Ruyman. Tiene una duración de un minuto, algo más larga que la cuña publicitaria, porque en este caso es la propia cadena la que se promociona así misma y, por lo tanto, le dedica más tiempo.

Análisis de contenidos publicitarios


Transcripción:

(Música de fondo)
Señor que está en la cuneta, tirao’ con su furgoneta, y necesita una grúa pero ya. Y llama al seguro del coche, y le tienen toda la noche escuchando a Vivaldi tralará. Señor que se desespera, con la música de espera…
(Fin de la música)
No esperes más. Habla con Liberty Seguros. Nuestros mediadores son profesionales que conocen tus problemas y los resuelven de forma eficaz.

Entre los objetivos principales de una cuña radiofónica destaca el de atraer la atención de los oyentes. La cuña de Liberty Seguros destaca por su originalidad, tanto en el guión como en el empleo de la música.
Uno de los puntos fuertes de esta cuña es el hecho de que la música que acompaña a la voz en off sea la odiosa melodía a la que aluden en el anuncio, esa música de espera que se hace infinita y que aparece siempre en el peor momento. Así pues, también es un punto a favor el hecho de haber sincronizado el guión (lo que se locuta) con la melodía de la sinfonía de Vivaldi. También es interesante destacar, con respecto al guión, el juego de palabras que se hace: “señor que se desespera, con la música de espera”.

El anuncio hace un llamamiento a los oyentes desde el primer momento. Es muy genérico: Señor que está en la cuneta”, “Señor que se desespera”.

Siguiendo la estructura habitual de una cuña radiofónica, el anuncio de Liberty Seguros continúa con la fase de “presentación” de aquello que se está intentando vender a los oyentes: “Necesita una grúa pero ya. Y llama al seguro del coche”. Continúa con la “argumentación”: “y le tienen toda la noche escuchando a Vivaldi” (haciendo referencia a la música de espera de los tele operadores). Por último, la cuña publicitaria finaliza enviando un mensaje de implicación, apelando directamente al oyente: “No esperes más. Habla con Liberty Seguros […] conocen tus problemas y los resuelven de forma eficaz”.

Considero que es una muy buena cuña radiofónica puesto que la música pegadiza de Vivaldi atrae al oyente. El mensaje, junto con la sinfonía, se queda grabado en la mente de los oyentes.


Transcripción

(Música de fondo)
Mirar…Tocar…Sentir…Escuchar…Disfrutar…Vivir…
Cadenaser.com, la radio líder en internet, donde hay que entrar.

La autopromoción de Cadena Ser versa sobre su página web. Quieren anunciar que cadenaser.com es líder en Internet.

El anuncio comienza acompañado por una música que irá cambiando a lo largo de los veinte segundos que dura la autopromoción. Al inicio se escuchan, con varios segundos de diferencia entre ellos, verbos que van dirigidos al oyente con el fin de atraer su atención. Estos verbos hacen alusión a lo que transmite e implica la radio. El verbo “escuchar” es el que desvela de lo que se trata, puesto que al escuchar “mirar, tocar, sentir” el oyente no imagina que lo que se está promocionando es algo relacionado con la radio. Entonces se crea una especie de intriga. Al final de la promoción se desvela lo que se anuncia: “cadenaser.com, la radio líder en Internet”. Cabe destacar que se hace un llamamiento al oyente de forma implícita, casi obligatoria: “donde hay que entrar”.

La música que acompaña a la promoción transmite paz, tranquilidad y la cotidianeidad que supone escuchar la radio a diario, sobre todo en el momento en el que se escuchan los verbos. Ya al final, cuando se habla de la radio en Internet, la melodía adquiere un ritmo mucho más moderno.


La poca duración de esta autopromoción y la exagerada simpleza de la misma no ayudan a que se profundice en el mensaje.

lunes, octubre 27, 2014

Boletín informativo grupal






GUIÓN BOLETÍN INFORMATIVO


GUIÓN FINAL

JINGLE DE ENTRADA DEL PROGRAMA (Cabecera)

Presentador 1: Muy buenos días, son las 8 y un minuto de este 9 de octubre de 2014. La sección asesina del Sindicato de Presos busca desvincularse y convoca una consulta el 9N.  (Álvaro: 10 segundos)
Presentador 2: El motivo de la consulta será decidir si permanecer bajo el amparo del sindicato o crear uno nuevo. (Fátima: 6 segundos)


  • Corte declaración Presidenta de la sección asesina Sara (15 segundos): Desde la sección de Asesinos del Sindicato vemos muy necesaria la consulta del 9N. Es una oportunidad para, si sale favorable a la separación, lograr lo que desde hace tiempo venimos persiguiendo:  mayor independencia  en la gestión de nuestros asuntos, sobre todo en lo que atañe a la penalización del asesinato.

Presentador 1: El conocido criminal de Jaén, Paquito Jiménez, ha presentado una demanda contra el asesino de la Baraja por atribuirse uno de sus asesinatos. (Álvaro: 7 segundos)
Presentador 2: En la escena del crimen apareció dibujado un corazón. (Fátima: 2 segundos)


  • Corte declaración ÁLVARO (15 seg): “El corazoncito no tiene que ver con los palos de póker, coño. Era un mensajito que yo le enviaba a mi exjefe. Se lo pinté yo mismo sobre el pecho antes de enchufarle con el soplete en toda la cara.” (Álvaro: 10 segundos)

Presentador 1: Y mañana viernes se celebrarán actos conmemorativos en todas las prisiones del país con motivo del aniversario de la muerte de James Stewart O’Connell.(Álvaro: 8 segundos)
Presentador 2: O’Connell era conocido mundialmente por haber cometido más de treinta asesinatos, todos ellos a sangre fría. (Fátima: 6 segundos)

RÁFAGA.

Presentador 1: Pasamos al ámbito internacional. El descontrol reina desde hace unos meses en una de las favelas más conflictivas de Río de Janeiro, en Brasil. (Álvaro: 8 segundos)
Presentador 2: Los asesinos demandan a los capos que establezcan turnos de matanzas, así como la clasificación por zonas, en busca de una mejor organización criminal. Escuchamos a nuestra corresponsal en Río, Isabella Rocha. (Fátima: 11 segundos)


  • Corte Isabella (15-20 segundos): Buenos días Fátima y Álvaro. La ciudad de Rio de Janeiro está con un gran problema de competición entre los traficantes de las favelas y la policia militar. Los milicianos han tomado la ciudad. Lapropuesta de los asesinos es establecer una zona de matanza para los milicianos y para ellos. Isabella Rocha, directamente para Madrid.

RÁFAGA

Presentador 1: Y en cultura, el asesino que mató a su vecino tras una acalorada discusión sobre la obra de Kant montará en la cárcel ciclos de filosofía a partir del mes de Noviembre. (Álvaro: 8 segundos)
Presentador 2: Para ello contará con la ayuda de Belén Esteban, Catedrática de Filosofía Moderna de la Universidad Complutense.(Fátima: 6 segundos)


  • Corte declaración experto Cristina (15-20 seg): Es que Kant está muy poco valorado dentro de la comunidad de asesinos de nuestro país. Nunca se tiene en cuenta que su imperativo categórico obra como se quisiere es que tu acción se convirtiese en una ley universal, no significa que soportes a un vecino molesto por el bien común sino que los hagas desaparecer a todos, de manera que en este mundo solo queden personas decentes que recoja las deposiciones de sus perros, saluden por las mañanas y no hagan ruido innecesario.

Presentador 1: Y esto ha sido todo por hoy. Muchas gracias por seguir la actualidad con nosotros. Más información de la mano de Pablo Iglesias a la una de la tarde. (Álvaro: 7 segundos)



Tertulia magnética grupal








ROLES EN LA TERTULIA


Moderadora: Patricia García
Redes sociales: Marta Arranz
Tertulianas:
            Directora de Centro Penitenciario: Fátima Fatene
            Experta en Derecho Penal: Marta Barandela
            Tertuliana internacional: Isabella Rocha
En control:
            Álvaro Moles
            María Henche
            Cristina Allende
            Sara Díaz

        GUIÓN TERTULIA

Música de fondo/Ráfaga

Introducción de la prensentadora: Dicen los entendidos que también hay vida después de la cárcel… Muchos asesinos que tienen la suerte de salir de esta una vez cumplida la condena tienen la posibilidad de dar voz desde fuera a aquellos que no la tienen. En el  día de hoy les hablaremos de un tema que preocupa a muchos de los presidiarios; cómo mantener durante su condena una buena relación con el exterior. Para ello nos acompañan Fátima Moles, directora del Centro Penitenciario Salto del Negro, en Las Palmas de Gran Canaria; tamién está por aquí Marta Barandela, experta en Derecho Penal, e Isabella Rocha, una chica brasileña, hipotecada, que llegó a España hace 5 años por amor y ahora su pareja está en prisión. Muy buenos días y bienvenidas a la tortulia de Frecuencia Magnética. (Ellas responden “buenos días”). Bueno… el tema que planteamos hoy son las relaciones entre un presidiario y el mundo exterior; Ya saben que pueden seguirnos a través de twitter con el hasthag #parejaenprisión ¿dispone el preso las herramientas suficientes para mantener un contacto justo, gratificante y adecuado con el mundo exterior? Le doy la palabra a Marta, experta en derecho penal, que comenzó sus estudios mientras cumplía condena al darse cuenta de las injusticias a las que ella y sus compañeras eran sometidas.

(intervenciones)





Presentadora:  [...] Esto ha sido todo por hoy. Con esto nos despedimos, no sin antes agradecer a Fátima, Marta e Isabella que nos acompañen hoy aquí en frecuencia magnética. Que pasen un buen día. [...]

·         Documentación
Ø  El artículo 25.2 de la Constitución Española, la Ley Orgánica General Penitenciaria y su Reglamento constituyen el marco normativo básico del sistema penitenciario español.

Ø  La relación del preso con el mundo exterior se contempla como un instrumento positivo para la reinserción. El reglamento penitenciario regula la comunicación por teléfono, carta o a través de contactos personales en las instalaciones habilitadas para ese fin en los centros. El sistema penitenciario español permite que el interno disfrute de comunicación a través de locutorios con familiares y allegados una vez por semana y una vez al mes, como mínimo, comunicaciones familiares y de pareja vis a vis.

Ø  El interno también puede disfrutar, con preparación para su vida en libertad, de permisos ordinarios de salida a propuesta de la Junta de Tratamiento y aprobados por el Juez de Vigilancia. Para conseguirlos es necesario estar clasificado en Segundo o Tercer Grado, haber cumplido, al menos, la cuarta parte de la condena y haber mostrado una evolución positiva. Existen permisos de salida extraordinarios para todos los internos cuando se den las circunstancias especiales como el fallecimiento de un familiar cercano o el nacimiento de un hijo.

Ø  Unidades de Madres: A finales de 2009, el 8% de la población penitenciaria española eran mujeres, algunas de ellas madres con hijos menores de edad. La legislación española contempla el derecho de las madres reclusas a mantener a sus hijos con ellas hasta que cumplan los tres años. Por este motivo más de 200 niños viven en los centros penitenciarios junto a sus madres mientras cumplen condenas. Sin embargo, la cárcel no es, a todas luces, el lugar más adecuado para que los niños pequeños pasen sus primeros años de vida.

Ø  En España, reglamentariamente se establecen, previa solicitud, de los interesados, visitas íntimas, (bis a bis) una vez al mes como mínimo, lo importante en este país, es que únicamente se solicita constancia de la relación de afectividad, independientemente del sexo o la orientación sexual.

Ø  Derechos recogidos en el Reglamento Penitenciario (Real Decreto 190/1996) del 9 de febrero:
CAPITULO II
De los derechos y deberes de los internos

Artículo 4 Derechos
2. En consecuencia, los internos tendrán los siguientes derechos:
e) Derecho a las relaciones con el exterior previstas en la legislación.

Artículo 17 Internas con hijos menores
1. La Dirección del establecimiento admitirá a los hijos menores de tres años que acompañen a sus madres en el momento del ingreso. Cuando éstas soliciten mantenerlos en su compañía dentro de la prisión, deberá acreditarse debidamente la filiación y que dicha situación no entraña riesgo para los menores, poniendo en conocimiento del Ministerio Fiscal la decisión adoptada a los efectos oportunos.
2. Las internas que tuviesen en el exterior hijos menores de tres años bajo su patria potestad podrán solicitar del Consejo de Dirección autorización para que éstos permanezcan en su compañía en el interior del centro penitenciario, que se concederá siempre que se acredite debidamente la filiación y que tal situación no entraña riesgo para los menores. A tal fin, se recabará la opinión del Ministerio Fiscal, a quien se le notificará la decisión adoptada.
3. Admitido el ingreso de los niños en prisión, deberán ser reconocidos por el Médico del establecimiento y, si éste no dispusiese otra cosa, pasarán a ocupar con sus madres la habitación que se les asigne dentro de la unidad de madres.
4. En los posibles conflictos que surjan entre los derechos del niño y los de la madre originados por el internamiento en un establecimiento Penitenciario, deben primar los derechos de aquél, que, en todo caso, deben quedar debidamente preservados en el modelo individualizado de intervención penitenciaria que se diseñe para la madre.
5. La Administración Penitenciaria dispondrá para los menores y sus madres de unidades de madres, que contarán con local habilitado para guardería infantil y estarán separadas arquitectónicamente del resto de los departamentos, a fin de facilitar las especificidades regimentales, médico-sanitarias y de salidas que la presencia de los menores en el centro hiciesen necesarias.
6. La Administración Penitenciaria fomentará la colaboración y participación de las instituciones públicas y privadas de asistencia al menor en las unidades de madres o en las unidades dependientes creadas al efecto para internas clasificadas en tercer grado que tengan en su compañía hijos menores de tres años. A tal fin, celebrará los convenios precisos para potenciar al máximo el desarrollo de la relación materno-filial y de la formación de la personalidad de los niños.

CAPITULO IV
Relaciones con el exterior

SECCIÓN 1
Comunicaciones y visitas

Artículo 41 Reglas generales
1. Los internos tienen derecho a comunicar periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, amigos y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación judicial.
2. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, estas comunicaciones se celebrarán de manera que se respete al máximo la intimidad y no tendrán más restricciones, en cuanto a las personas y al modo, que las impuestas por razones de seguridad, de interés del tratamiento y del buen orden del establecimiento.
3. Todo interno tiene derecho a comunicar inmediatamente a su familia y abogado su ingreso en un centro penitenciario, así como su traslado a otro establecimiento en el momento del ingreso.
4. Las comunicaciones ordinarias y extraordinarias que se efectúen durante las visitas que reciba el interno, se anotarán en un libro de registro, en el que se hará constar el día y hora de la comunicación, el nombre del interno, y el nombre, domicilio y reseña del documento oficial de identidad de los visitantes, así como la relación de éstos con el interno.
5. Las visitas de los familiares al interno enfermo se regularán por lo dispuesto en los artículos 216 y 217 de este Reglamento.
6. Además de las comunicaciones ordinarias señaladas en el horario de este servicio, se podrán conceder otras de carácter extraordinario como recompensa y por urgentes e importantes motivos debidamente justificados en cada caso.
7. Las comunicaciones y visitas se organizarán de forma que satisfagan las necesidades especiales de los reclusos extranjeros, a los que se aplicarán, en igualdad de condiciones con los nacionales, las reglas generales establecidas en este artículo.

Artículo 42 Comunicaciones orales
Las comunicaciones orales de los internos se ajustarán a las siguientes normas:
  • 1.ª El Consejo de Dirección fijará, preferentemente durante los fines de semana, los días en que puedan comunicar los internos, de manera que tengan, como mínimo, dos comunicaciones a la semana, y cuantas permita el horario de trabajo los penados clasificados en tercer grado.
  • 2.ª El horario destinado a este servicio será suficiente para permitir una comunicación de veinte minutos de duración como mínimo, no pudiendo comunicar más de cuatro personas simultáneamente con el mismo interno.
  • 3.ª Si las circunstancias del establecimiento lo permitieran, se podrá autorizar a los internos a que acumulen en una sola visita semanal el tiempo que hubiera correspondido normalmente a dos de dichas visitas.
  • 4.ª Las dificultades en los desplazamientos de los familiares se tendrán en cuenta en la organización de las visitas.
  • 5.ª Los familiares deberán acreditar el parentesco con los internos y los visitantes que no sean familiares habrán de obtener autorización del Director del establecimiento para poder comunicar.
Artículo 43 Restricciones e intervenciones
1. Cuando, a tenor de lo establecido en el artículo 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, las comunicaciones orales deban ser restringidas en cuanto a las personas, intervenidas o denegadas, el Director del establecimiento, con informe previo de la Junta de Tratamiento si la restricción, intervención o denegación se fundamenta en el tratamiento, lo acordará así en resolución motivada, que se notificará al interno, dando cuenta al Juez de Vigilancia en el caso de penados o a la autoridad judicial de la que dependa si se trata de detenidos o presos.
2. En los casos de intervención, los comunicantes que no vayan a expresarse en castellano o en la lengua cooficial de la respectiva Comunidad Autónoma, advertirán de ello con anterioridad al Director del centro, que adoptará las medidas oportunas para que la comunicación pueda intervenirse adecuadamente.

Artículo 44 Suspensión de comunicaciones orales
1. El Jefe de Servicios podrá ordenar la suspensión de las comunicaciones orales, por propia iniciativa o a propuesta del funcionario encargado del servicio, en los siguientes casos:
  • a) Cuando existan razones fundadas para creer que los comunicantes puedan estar preparando alguna actuación delictiva o que atente contra la convivencia o la seguridad del establecimiento, o que estén propagando noticias falsas que perjudiquen o puedan perjudicar gravemente a la seguridad o al buen orden del establecimiento.
  • b) Cuando los comunicantes no observen un comportamiento correcto.
2. El Jefe de Servicios dará cuenta inmediata de la suspensión al Director del centro y éste, a su vez, si ratifica la medida en resolución motivada, deberá dar cuenta al Juez de Vigilancia en el mismo día o al día siguiente.

Artículo 45 Comunicaciones íntimas, familiares y de convivencia
1. Todos los establecimientos penitenciarios dispondrán de locales especialmente adecuados para las visitas familiares o de allegados de aquellos internos que no disfruten de permisos ordinarios de salida.
2. Los Consejos de Dirección establecerán los horarios de celebración de estas visitas.
3. Los familiares o allegados que acudan a visitar a los internos en las comunicaciones previstas en este artículo no podrán ser portadores de bolsos o paquetes, ni llevar consigo a menores cuando se trate de comunicaciones íntimas.
4. Previa solicitud del interno, se concederá una comunicación íntima al mes como mínimo, cuya duración no será superior a tres horas ni inferior a una, salvo que razones de orden o de seguridad del establecimiento lo impidan.
5. Previa solicitud del interesado, se concederá, una vez al mes como mínimo, una comunicación con sus familiares y allegados, que se celebrará en locales adecuados y cuya duración no será superior a tres horas ni inferior a una.
6. Se concederán, previa solicitud del interesado, visitas de convivencia a los internos con su cónyuge o persona ligada por semejante relación de afectividad e hijos que no superen los diez años de edad. Estas comunicaciones, que serán compatibles con las previstas en el artículo 42 y en los apartados 4 y 5 de este artículo, se celebrarán en locales o recintos adecuados y su duración máxima será de seis horas.
7. En las comunicaciones previstas en los apartados anteriores se respetará al máximo la intimidad de los comunicantes. Los cacheos con desnudo integral de los visitantes únicamente podrán llevarse a cabo por las razones y en la forma establecidas en el artículo 68 debidamente motivadas. En caso de que el visitante se niegue a realizar el cacheo, la comunicación no se llevará a cabo, sin perjuicio de las medidas que pudieran adoptarse por si los hechos pudieran ser constitutivos de delito.

Artículo 46 Comunicaciones escritas
La correspondencia de los internos se ajustará a las siguientes normas:
  • 1.ª No se establecerán limitaciones en cuanto al número de cartas o telegramas que puedan recibir y remitir los internos, salvo cuando hayan de ser intervenidas por las mismas razones que las comunicaciones orales. En este caso, el número de las que puedan escribir semanalmente será el indicado en la norma 1.ª del artículo 42.
  • 2.ª Toda la correspondencia que los internos expidan, salvo en los supuestos de intervención, se depositará en sobre cerrado donde conste siempre el nombre y apellidos del remitente y se registrará en el libro correspondiente.
  • 3.ª Las cartas que expidan los internos cuyo peso o volumen excedan de lo normal y que induzcan a sospecha podrán ser devueltas al remitente por el funcionario encargado del registro para que en su presencia sean introducidas en otro sobre, que será facilitado por la Administración. En la misma forma se procederá cuando existan dudas respecto a la identidad del remitente.
  • 4.ª La correspondencia que reciban los internos, después de ser registrada en el libro correspondiente, será entregada a los destinatarios por el funcionario encargado de este servicio o por el de la dependencia donde se encuentre el interno, previa apertura por el funcionario en presencia del destinatario a fin de comprobar que no contiene objetos prohibidos.
  • 5.ª En los casos en que, por razones de seguridad, del buen orden del establecimiento o del interés del tratamiento, el Director acuerde la Intervención de las comunicaciones escritas, esta decisión se comunicará a los internos afectados y también a la autoridad judicial de que dependa si se trata de detenidos o presos, o al Juez de Vigilancia si se trata de penados. Cuando el idioma utilizado no pueda ser traducido en el establecimiento, se remitirá el escrito al centro directivo para su traducción y curso posterior.
  • 6.ª Las comunicaciones escritas entre los internos y su Abogado defensor o Procurador sólo podrán ser intervenidas por orden de la autoridad judicial. No obstante, cuando los internos tengan intervenidas las comunicaciones ordinarias y se dirijan por escrito a alguna persona manifestando que es su Abogado defensor o Procurador, dicha correspondencia se podrá intervenir, salvo cuando haya constancia expresa en el expediente del interno de que dicha persona es su Abogado o Procurador, así como de la dirección del mismo.
  • 7.ª La correspondencia entre los internos de distintos centros penitenciarios podrá ser intervenida mediante resolución motivada del Director y se cursará a través de la Dirección del establecimiento de origen. Efectuada dicha intervención se notificará al interno y se pondrá en conocimiento del Juez de Vigilancia. Estas intervenciones se limitarán exclusivamente a la correspondencia entre internos sin que afecte al resto de las comunicaciones escritas.
Artículo 47 Comunicaciones telefónicas
1. Podrá autorizarse la comunicación telefónica de los internos en los siguientes casos:
  • a) Cuando los familiares residan en localidades alejadas o no puedan desplazarse para visitar al interno.
  • b) Cuando el interno haya de comunicar algún asunto importante a sus familiares, al Abogado defensor o a otras personas.
2. El interno que, concurriendo los requisitos del apartado anterior, desee comunicar telefónicamente con otra persona, lo solicitará al Director del establecimiento.
3. El Director, previa comprobación de los mencionados requisitos, autorizará, en su caso, la comunicación y señalará la hora en que deba celebrarse.
4. Las comunicaciones telefónicas, que siempre que las circunstancias del establecimiento lo permitan se efectuarán con una frecuencia máxima de cinco llamadas por semana, se celebrarán en presencia de un funcionario y no tendrán una duración superior a cinco minutos. El importe de la llamada será satisfecho por el interno, salvo cuando se trate de la comunicación prevista en el artículo 41.3 de este Reglamento.
5. Salvo casos excepcionales, libremente apreciados por el Director del establecimiento, no se permitirán llamadas desde el exterior a los internos.

6. Las comunicaciones telefónicas entre internos de distintos establecimientos podrán ser intervenidas mediante resolución motivada del Director en la forma y con los efectos previstos en la norma 7.ª del artículo 46.